50 días sin empleo y sueldo para un trabajador, miembro de la ejecutiva de un sindicato, por insultar habitualmente a sus compañeros
La sanción es proporcionada al tratarse de una falta muy grave
(Imagen: E&J)
50 días sin empleo y sueldo para un trabajador, miembro de la ejecutiva de un sindicato, por insultar habitualmente a sus compañeros
La sanción es proporcionada al tratarse de una falta muy grave
(Imagen: E&J)
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ratifica la validez y proporcionalidad de la sanción disciplinaria de 50 días de suspensión de empleo y sueldo impuesta por una empresa a un trabajador que vertía habitualmente expresiones “vejatorias, denigrantes y que afectaban a la dignidad” de sus compañeros y superiores.
El empleado, miembro de la ejecutiva del sindicato gallego Centro Unitario de Trabajadores (CUT), fue sancionado por cometer una falta muy grave. Y es que, era habitual que el actor ofendiera con expresiones en tono despectivo, con desprecio y burla, a sus compañeros de trabajo; e incluso, llego a utilizar situaciones personales de una de sus compañeras, como comentarios sobre su familia, para burlarse de ella.
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