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Jurisprudencia

El TS se pronuncia sobre la determinación del daño en polizas de seguros #CompartirConocimiento

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Jurisprudencia

El TS se pronuncia sobre la determinación del daño en polizas de seguros #CompartirConocimiento



Gonzalo Alonso Moreno, 

Colaborador Editorial. 



@GonzaloAlonsoM4

Según nos cuentan los antecedentes de hecho del litigio, todo comenzó con unas lluvias que provocaron dos siniestros en una piscifactoría de Lugo, por la que se perdieron todas las existencias fijas de la empresa. Esta empresa, tenía un contrato de seguro de producción integral de industrias con una aseguradora, por la que tenía una póliza que le cubría las existencias fijas, con un valor de 1.010.000 euros.



Basándonos en la cuestión central del litigio, con los siniestros acaecidos, la compañía aseguradora se negó al pago total de la indemnización, alegando la falta de cobertura de estos. Tras ello, la compañía lucense demandó a la aseguradora aduciendo la indemnización reclamada. Siendo desestimada en primera instancia, y parcialmente estimada en apelación, aunque obteniendo una indemnización menor a la pretendida. Esto provocó que la parte actora recurriera la sentencia, interponiendo; por un lado, un recurso extraordinario por infracción procesal y un por otro, un recurso de casación.



Centrándonos en el fallo de nuestra sentencia, el TS en primer lugar, desestima el recurso extraordinario por infracción procesal, al no tener peso jurídico, pero estima el recurso de casación. Esto se debió a que, siguiendo lo estipulado por el Art.28 LCS y siguiendo la doctrina del TS; siempre que el daño sea total, (como es el caso), se elimina la regla, de que en la determinación del daño deba tenerse en cuenta el valor del interés asegurado en el momento inmediatamente anterior a la producción del siniestro, por lo que, lo relevante para el cálculo de la indemnización, no será el valor final del interés asegurado, sino el que las partes asignaron o fijaron.

Fuente institucional.

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