Connect with us
Derecho Constitucional

El Constitucional inadmite a trámite la recusación del presidente y tres magistrados en el recurso de la Ley del Aborto

El Tribunal de Garantías afirma que los diputados del PP que presentaron la solicitud no están legitimados para hacerlo

Sede del Tribunal Constitucional. (Foto: Tribunal Constitucional)

Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




Derecho Constitucional

El Constitucional inadmite a trámite la recusación del presidente y tres magistrados en el recurso de la Ley del Aborto

El Tribunal de Garantías afirma que los diputados del PP que presentaron la solicitud no están legitimados para hacerlo

Sede del Tribunal Constitucional. (Foto: Tribunal Constitucional)



El Pleno del Tribunal Constitucional ha inadmitido a trámite “por falta de legitimación” el escrito de cinco diputados del PP que recusaban por distintos motivos al presidente del Tribunal, Cándido Conde-Pumpido, y a las magistradas Concepción Espejel e Inmaculada Montalbán y al magistrado Juan Carlos Campo en el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra diversos preceptos de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.

La inadmisión a trámite se fundamenta en que los exdiputados firmantes carecen de legitimación a título particular y en su propio nombre para solicitar la recusación pues, conforme los artículos 162.1. a) de la Constitución y 32.1.c) y d) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, ésta sólo corresponde a la agrupación de 50 o más diputados que interpusieron el recurso de inconstitucionalidad, en cuyo nombre no actuaban en este caso.



Por tanto, “carecen de legitimación cada uno de los recurrentes de forma individual para interponer de forma autónoma, en su propio nombre, pretensión alguna en el procedimiento, como se reclama en este caso”.

Cándido Conde-Pumpido, presidente del Tribunal Constitucional. (Foto: OV)



La magistrada Concepción Espejel ha anunciado un voto particular. Precisamente esta magistrada pidió abstenerse de participar en la deliberación del recurso de inconstitucionalidad contra la ley del aborto. Sin embargo, el Pleno del Tribunal declaró que esta petición no estaba justificada.



La magistrada consideraba que su abstención estaba fundada en la participación como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en julio de 2009, en los trabajos preparatorios del informe sobre el anteproyecto de ley, que fue sometido a votación del Pleno del CGPJ, sin llegar a ser aprobado, por lo que no fue incorporado al proceso legislativo que dio lugar a su posterior aprobación.

Sin embargo, el Constitucional rechaza estos argumentos basándose en que “la abstención ha sido presentada en un proceso de control abstracto de constitucionalidad de la ley, que no es un proceso de partes en el que se ventilen intereses particulares”. En segundo término, “el objeto del recurso de inconstitucionalidad sobre el que ha de deliberar el Pleno no coincide con el del anteproyecto de ley sobre el que se recabó el fallido informe del Consejo General del Poder Judicial”. El tercero de los argumentos es que la solicitud de recusación se vincula a la exteriorización de un criterio jurídico que fue expresada hace más de 12 años y, por último, que “pese a someterse a votación, los trabajos preparatorios del informe no vinculante solicitado por el Gobierno al CGPJ no dieron lugar a la aprobación de dictamen alguno, por lo su contenido no fue trasladado al Gobierno”.

El magistrado Enrique Arnaldo. (Foto: URJC)

Un recurso presentado hace 13 años

Una vez resuelta la cuestión de las recusaciones, el Pleno del Tribunal de Garantías va a pasar a estudiar el recurso planteado por el PP contra diversos preceptos de la Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, conocida como Ley del aborto. Este recurso fue planteado hace ya 13 años y la falta de acuerdo dentro del tribunal ha propiciado que se retrasara la toma en consideración del mismo.

La ponencia sobre este recurso, que tiene que ser analizada ahora por los 11 miembros que componen actualmente el Constitucional, ha sido redactada por el magistrado del sector conservador Enrique Arnaldo. En el documento que ha presentado en el Pleno considera que la vigente Ley del aborto, que establece un sistema de plazos para interrumpir el embarazo, es compatible con la Constitución.

Sin embargo, pone objeciones a que se entregue un sobre cerrado a la gestante con información sobre la interrupción del embarazo, ya que entiende que no garantiza la prestación de un consentimiento informado y expreso, puesto que es imposible saber si la mujer ha leído toda la documentación. En lugar de este método, propone que se dé esta información verbalmente.

1 Comentario
1 Comentario
Más antiguo
El mas nuevo
Inline Feedbacks
View all comments
Anonymous
1 año atrás

miembros del TC, que actúan como jueces y parte. y a quien quiere apartarse por dicho motivo, -por haber sido parte, y por ello, no ser imparcial-, se le inadmite.. , en manos de quiénes estamos?? Dónde queda la independencia del poder judicial??

Nombre
romero

Última hora jurídica



Recibe nuestra newsletter de forma gratuita