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Casos de éxito

Demanda de reconocimiento de la relación laboral y despido improcedente

Se absuelve a la empresa al no haberse acreditado la existencia de despido

(Imagen: E&J)

María José López Martínez

Especialista en Derecho Penal, Derecho Penitenciario, Derecho Penal de Menores y Violencia de Género.




Tiempo de lectura: 8 min

Publicado




Casos de éxito

Demanda de reconocimiento de la relación laboral y despido improcedente

Se absuelve a la empresa al no haberse acreditado la existencia de despido

(Imagen: E&J)



FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 21-10-2022

Materia: Derecho Social



Especialidad: / Derecho Social / Contrato de Trabajo

Número: 14071



Tipo de caso: Caso Judicial



Voces: CONTRATO DE TRABAJO, DESPIDO IMPROCEDENTE, El despido

Documentos originales presentados

El caso

Supuesto de hecho.

31-12-2021

A consecuencia de no recibir el salario que le correspondía por sus servicios Don Esteban renuncia de forma voluntaria a seguir prestando servicios laborales para La Empresa, quedando pendiente de pago parte de su salarios que serán reclamados oportunamente y aunque la relación era claramente laboral, la mercantil demandada le pagaba a través de otra persona que le facturaba como autónomo.

La relación laboral estaba instrumentalizada por un contrato de trabajo temporal, que facilitó la empresa demandada el cual entraría en vigor una vez obtenida la autorización de residencia y trabajo. Sin embargo existió una real relación laboral desde el inicio siendo la jornada laboral de cuarenta horas semanales, en varios Centros de Trabajo. Prestando los servicios laborales de manera ininterrumpida bajo la categoría profesional de Auxiliar Administrativo, y con un salario mensual bruto de 1.696,87 euros sin inclusión de pagas extras.

Las condiciones en que ha prestado los servicios laborales constituye una auténtica relación laboral, tal y como establece el artículo 1.1 de Ley del Estatuto de los Trabajadores. (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre). Por lo que interpone demanda solicitando el reconocimiento de relación laboral y despido improcedente.

Objetivo. Cuestión planteada.

Que se declare la relación laboral entre el demandante y la demandada, con todos los efectos inherentes a la declaración de dicha relación y consecuentemente se declare la extinción de dicha relación con derecho a la indemnización correspondiente como si de un despido improcedente se tratara.

La estrategia. Solución propuesta.

Interponer Demanda para reconocimiento de relación laboral y despido improcedente con derecho a indemnización correspondiente como un despido improcedente

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Social
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de lo Social
  • Tipo de procedimiento: Ordinario
  • Fecha de inicio del procedimiento: 20-01-2022

Partes

Parte Demandante:

Don Esteban

Parte Damandada:

La Empresa

Peticiones realizadas

Parte Demandante:

Se declare la laboralidad de la relación entre el demandante y la demandada, entre las fechas de 01 de abril de 2021 y 31 de diciembre de 2021 con todos los efectos inherentes a la declaración de dicha relación y consecuentemente se declare la extinción de dicha relación desde la fecha de 31 de diciembre de 2022 y con derecho a la indemnización correspondiente como si de un despido improcedente se tratara.

Se dicte Sentencia con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Argumentos

Parte Demandante:

  • Ha venido prestando servicios laborales de manera ininterrumpida, por orden y cuenta de la citada mercantil desde el día 01 de abril de 2021 hasta el día 31-12-2021, bajo la categoría profesional de Auxiliar Administrativo, y con un salario mensual bruto de 1.696,87 euros sin inclusión de pagas extras.
  • Las condiciones en que ha prestado los servicios laborales constituye una auténtica relación laboral, tal y como establece el artículo 1.1 de Ley del Estatuto de los Trabajadores. (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre). Esta relación laboral cumple con los requisitos jurisprudenciales establecidos de ajeneidad, retribución, lugar de trabajo y bajo la dirección y organización por parte de D. Esteban en representación de la mercantil demandada.
  • La relación laboral estaba instrumentalizada por un contrato de trabajo temporal, que facilitó la empresa demandada el cual entraría en vigor una vez obtenida la autorización de residencia y trabajo.
  • Sin embargo existió una real relación laboral desde el inicio siendo la jornada laboral de cuarenta horas semanales, en varios Centros de Trabajo.
  • Que, con fecha 31 de diciembre de 2021 a consecuencia de no recibir el salario que me correspondía por mis servicios el trabajador renuncia de forma voluntaria a seguir prestando servicios laborales para esta empresa, quedando pendiente de pago parte de su salarios que serán reclamados oportunamente y aunque la relación era claramente laboral, la mercantil demandada le pagaba a través de otra persona que le facturaba como autónomo.
  • Que el interesado no ostenta ni ha ostentado en el año anterior la condición de representante de los trabajadores.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

  • Documento 1: Poder general para pleitos.
  • Documento 2: contrato de trabajo temporal.

Prueba

  • Documental y Testifical.

Estructura procesal

– Se interpone la demanda, el  20 de enero de 2022.

– Se aportan las actas justificativas de celebración del preceptivo Acto ante el SMAC, el 16 de febrero de 2022.

– Se dicta Sentencia desestimatoria, el 21 de octubre de 2022, por la cual cabe interponer recurso de suplicación.

– Se formula recurso de aclaración y subsanación de la Sentencia, el 32 de octubre de 2022.

– Auto desestimando la Aclaración de la Sentencia, el 25 de octubre de 2022.

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