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La Audiencia Nacional lleva al banquillo a los 12 CDR procesados por terrorismo

Los magistrados de la Sección Tercera confirman la decisión del juez instructor de la denominada ‘Operación Judas’

Audiencia Nacional. (Foto: Archivo)

Tiempo de lectura: 3 min

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La Audiencia Nacional lleva al banquillo a los 12 CDR procesados por terrorismo

Los magistrados de la Sección Tercera confirman la decisión del juez instructor de la denominada ‘Operación Judas’

Audiencia Nacional. (Foto: Archivo)



La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el auto de conclusión de sumario de la causa de los denominados Comités de Defensa de la República (CDR) y ha acordado la apertura de juicio oral contra 12 personas que fueron procesadas por los delitos de pertenencia a organización terrorista y tenencia, depósito y fabricación de sustancia o aparatos explosivos inflamables de carácter terrorista.

La decisión de la Audiencia Nacional se produce en plena polémica por la presentación en el Congreso de una ley de amnistía para los independentistas.



En un auto, los magistrados de la Sección Tercera confirman la decisión de Manuel García Castellón, juez instructor de la denominada Operación Judas, practicada en septiembre de 2019 contra un grupo de personas a los que el magistrado vinculaba con el denominado Equipo de Respuesta Táctica (ERT), una célula integrada por individuos de diferentes CDR con gran radicalidad y que pretendían, a través de la violencia, conseguir la independencia de Cataluña.

Varios de los procesados recurrieron ante la Sala de lo Penal la revocación del auto de conclusión de sumario y esgrimieron distintos argumentos, entre otros, solicitaban la práctica de diligencias de investigación que la Sala considera innecesarias en algunos casos y, en otros, explica que se podrán acordar en la vista oral.



Además, en su auto, el Tribunal rechaza la petición de sobreseimiento formulada por tres de los procesados que alegaban falta de indicios de la comisión de un delito de pertenencia a organización terrorista. La Sala da un plazo de cinco días al Ministerio Fiscal para la calificación de los hechos.



Manifestación de los CDR en Girona. (Foto: Wikipedfia)

El pasado mes de abril, el juez García Castellón cerraba por segunda vez el sumario después de que en diciembre de 2022 la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia le obligara a reabrir la investigación. La decisión fue adoptada tras ser admitido un recurso interpuesto por la defensa de uno de los procesados. En este recurso se cuestionaba la base del procedimiento, unas diligencias iniciadas en 2018 que, a juicio de la defensa, habían generado indefensión en los acusados.

Según el juez instructor, los integrantes de los CDR procesados, miembros del Equipo de Respuesta Táctica (ERT), están muy radicalizados. En un auto, el juez se refería a este ERT como un «un grupo clandestino de individuos de la máxima confianza» totalmente «entregados a la causa» responsable de las acciones que precisaban de «la violencia en su máxima expresión» para forzar a las instituciones a «conceder por la vía de los hechos la separación de Cataluña del resto de España”.

Según las investigaciones de las fuerzas de seguridad, uno de los objetivos de estos grupos era tomar el Parlament de Cataluña y encerrarse dentro. Además, podrían estar planeando atentados contra objetivos sensibles.

En los registros practicados por la policía se hallaron fotografías detalladas y planos de las inmediaciones de la Comandancia Naval de Barcelona, el Gobierno Militar, la Delegación del Gobierno en Barcelona, la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia, la sede de la jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil, así como fotos de torres eléctricas, agentes y vehículos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

En este sentido, García Castellón aseguraba en el auto de procesamiento que los acusados «habrían superado la actividad dentro del respectivo CDR y conformado una organización terrorista paralela, de carácter clandestino y estable, cuyo objetivo sería el de llevar a cabo acciones violentas o atentados contra objetivos previamente seleccionados utilizando para ello los explosivos y/o sustancias incendiarias fabricados en los dos laboratorios clandestinos que la propia organización tenía instalados en dos domicilios particulares».

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Suscriptor E&J2(@otrousername)
5 meses atrás

El continuador del TOP,es decir, del Tribunal de Orden Público de la dictadura franquista sigue funcionando a la perfeccción. Nada nuevo bajo el sol, salvo que España no ha cambiado. Siguen mandando los de siempre.
Por cierto, E&I se parece cada día más al ABC, La Razón y El Mundo.

Nombre
Antoni Morros, Abogado

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