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Podcast: Las 5 noticias que no puedes perderte esta semana (19-09-2020)

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Podcast: Las 5 noticias que no puedes perderte esta semana (19-09-2020)



  1. Una persona ciega aprueba por primera vez las oposiciones a las Carreras Judicial y Fiscal

Héctor Melero Martí, de 26 años y natural de Cullera (Valencia), se ha convertido en la primera persona ciega en aprobar las oposiciones a las Carreras Judicial y Fiscal.



Melero, que se licenció en Derecho por la Universidad de Valladolid, es ciego total de nacimiento y pudo presentarse a las oposiciones después de que el Consejo General del Poder Judicial aprobara en mayo de 2014 un acuerdo en el que abría a las personas ciegas la posibilidad de ejercer como jueces al responder a la consulta planteada por Gabriel Pérez Castellanos, también ciego total, sobre si podría acceder a la Carrera Judicial en caso de que llegara a superar el proceso selectivo correspondiente.

El acuerdo, adoptado por unanimidad por la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces, señalaba que, en caso de aprobar las oposiciones, debería procederse a realizar las adaptaciones oportunas en su puesto de trabajo. El CGPJ dispone para ello de los mecanismos normativos necesarios que, de hecho, vienen aplicándose habitualmente para otros supuestos de discapacidad, permanente o temporal, por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales.



2.               A pesar del rescate de Europa, en 2021 España estará en default o suspensión de pagos

Como ya apuntábamos en mayo de 2020, Sánchez va a tener que justificar a Europa cada euro que gaste y no lo va a recibir todo de golpe, sino que lo recibirá en modo escalonado y en diversos paquetes: unos en forma de préstamo MEDE y otro de subvenciones. Y este dinero no va a ser para los caprichos ideológicos del Vicepresidente Iglesias, sino que será para hacer frente al déficit público y a la refinanciación de la deuda pública. Es de hacer notar que las necesidades de liquidez de España en los años venideros hasta el 2022, van a ser de 450.000 millones de euros aproximadamente y, repito, sólo vamos a recibir 142.400 euros de Europa en ese periodo, es decir, que nos vamos que tener que endeudar, primero más con el Banco Central Europeo para que compre deuda pública española y segundo, con los bancos españoles para que con el dinero barato que les da el BCE, compren más deuda pública que el Estado va a emitir con desesperación y cada vez a un ritmo mayor. Llegaremos a más de un 130 % de deuda sobre el PIB a principios de 2021.



3.               El 7 de octubre de 2020: se acaba el plazo para que los afectados por promociones inmobiliarias fallidas puedan reclamar su dinero

El día 7 de octubre de 2020 se acaba el plazo para que los afectados puedan reclamar y recuperar el dinero invertido por las casas que compraron antes del 1 de enero de 2016 y que nunca les fueron entregadas. Afecta a todos los contratos de compraventa de vivienda sobre plano, tanto los de promotoras fraudulentas, como los de cooperativas.

Para recuperar su dinero, los afectados tendrán derecho a ejercitar su reclamación, con el cien por cien de garantías de interrumpir la prescripción. Podrán solicitar la restitución de las cantidades abonadas, más los intereses correspondientes que, en algunos casos, podría incluso duplicar el principal aportado. Transcurrida la fecha límite del 7 de octubre de 2002, el plazo que prevé la ley habrá finalizado y cualquier reclamación, posterior, correrá el riesgo de ser desestimada, ya que la entrada en vigor de la Ley 42/2015 de 7 de octubre, que reforma la Ley de Enjuiciamiento Civil, reduce los plazos de prescripción de las acciones personales, de 15 a 5 años.

Las primeras sentencias favorables del Tribunal Supremo, allá por el año 2015, permitieron a los perjudicados recuperar su dinero de las entidades financieras, en las que se depositaban las cantidades aportadas. Hasta entonces, las reclamaciones se habían dirigido a las promotoras, en la mayoría de los casos, por vía penal, pero en raras ocasiones se recuperaba el capital invertido.

  1. Responsabilidad civil del abogado: ¿obligado por tu cliente a insistir en un procedimiento condenado al fracaso?

La Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a un abogado a pagar a su antiguo cliente la cantidad de 14.754, 83 euros, por no ponerle en preaviso de los riesgos que conllevaba continuar con un procedimiento imposible de ganar

En primer lugar, para poner en contexto, ¿qué requisitos se exigen para activar la responsabilidad civil del abogado? Según las SSTS 462/2010, de 14 de julio y 447/2016, de 1 de julio, deben concurrir:

  • incumplimientode sus deberes profesionales;
  • pruebadel incumplimiento;
  • existencia de un daño efectivoconsistente en la disminución cierta de las posibilidades de defensa;
  • existencia del nexo de causalidadvalorado con criterios jurídicos de imputación objetiva;
  • fijación de la indemnizaciónequivalente al daño sufrido o proporcional a la pérdida de oportunidades.

5.               Fernando Valdés Dal-Ré: de magistrado del Constitucional a juzgado en el Supremo

El pasado 11 de agosto, la Guardia Civil detenía en Madrid al magistrado del Tribunal Constitucional, Fernando Valdés Dal-Ré, tras ser denunciado por sus propios vecinos por una presunta fuerte discusión con su mujer en un posible incidente de violencia de género.

El Catedrático del Derecho del Trabajo y Magistrado del Tribunal Constitucional desde 2012, ese mismo día fue puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 7 de Majadahonda, quedando horas después en libertad provisional sin fianza por Auto del citado Juzgado.

Horas después de que transcendiera la noticia, el Tribunal Constitucional, en una breve nota informativa, apuntaba que “mientras continúe el procedimiento judicial en curso, debe recordarse que el magistrado está amparado en su derecho fundamental a la presunción de inocencia” consagrado en el art. 24.2 de la Constitución Española.

 

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