La presunción de inocencia no se aplica en despidos laborales, donde prima la confianza entre las partes
El TSJ de Andalucía respalda la validez de los protocolos de control de drogas y su uso como base para despidos disciplinarios

(Imagen: E&J)
La presunción de inocencia no se aplica en despidos laborales, donde prima la confianza entre las partes
El TSJ de Andalucía respalda la validez de los protocolos de control de drogas y su uso como base para despidos disciplinarios

(Imagen: E&J)
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado el despido de un trabajador —camionero en una empresa de suelos— que fue cesado tras dar positivo en cocaína durante un control aleatorio de sustancias psicotrópicas. Una decisión que ha tomado el magistrado después de considerar que el principio de presunción de inocencia es «de aplicación exclusiva en el ámbito penal, y no en el proceso laboral en el que prima la vulneración de confianza existente entre las partes».
El incidente (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’) tuvo lugar el 11 de agosto de 2021 en las instalaciones de Mina Magdalena, en Almonaster la Real (Huelva). En concreto, el trabajador despedido fue seleccionado para un control aleatorio de drogas conforme al protocolo de seguridad establecido por la empresa contratante principal, Minas de Aguas Teñidas S.A. (Matsa). Según los resultados, el análisis inicial de saliva realizado a las 7.03 horas detectó la presencia de cocaína, resultado que fue confirmado por una contraprueba.
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