El trabajador no debe justificar las dietas ante Hacienda: le corresponde a la empresa
El empleador es quien tiene la obligación de demostrar que esos pagos se hicieron por motivos de trabajo
(Imagen: Agencia Tributaria)
El trabajador no debe justificar las dietas ante Hacienda: le corresponde a la empresa
El empleador es quien tiene la obligación de demostrar que esos pagos se hicieron por motivos de trabajo
(Imagen: Agencia Tributaria)
No corresponde al empleado demostrar que los desplazamientos y los gastos por manutención y estancia (como alojamiento y dietas) están exentos de IRPF, sino que es la Administración la que debe solicitar al empresario dicha acreditación, ya que es la empresa la obligada a justificar que las cantidades abonadas por esos conceptos responden a desplazamientos efectuados en una fecha y lugar determinados, y motivados por el desempeño de la actividad laboral. Así lo ha recordado el Tribunal Supremo en una reciente sentencia en la que ha estimado la demanda de un individuo contra la Administración.
Este fallo viene a aclarar que si Hacienda quiere comprobar si unas dietas o gastos de viaje no deben pagar impuestos, no puede pedirle las pruebas directamente al trabajador, sino que debe pedírselas a la empresa, que es quien tiene la obligación de demostrar que esos pagos se hicieron por motivos de trabajo, en un lugar y día específicos.
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