Una reseña de Google no basta, por sí sola, para despedir a un trabajador. Pero cuando varios clientes agradecen públicamente la atención recibida de una empleada que se encuentra de baja y esos comentarios coinciden con llamadas desviadas a su teléfono, visitas a unas instalaciones que ella misma enseña, contratos recogidos y cantidades cobradas en concepto de señal, la realidad se impone: ya no estamos ante una simple aparición en Internet, sino ante un conjunto de indicios que puede revelar la prestación efectiva de servicios. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la procedencia del despido de una trabajadora que, durante […]