Una empresa no cumple con su obligación de proteger a los trabajadores limitándose a abonarles una cantidad para que compren su propio calzado. Si el puesto exige zapatos antideslizantes, debe comprobar que efectivamente se han adquirido, que reúnen los requisitos reglamentarios y que se utilizan durante la jornada. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid […]