Las acciones de resarcimiento de daños y perjuicios resultantes de actos de competencia desleal que falseen la libre competencia y afecten al interés público se rigen por las normas de la Ley de Competencia Desleal, incluyendo su regulación de la prescripción, y no por las reglas establecidas para las infracciones del Derecho de la competencia. Así lo ha fallado el Tribunal Supremo en una sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), en la que actuó de ponente el magistrado Fernando Cerdá Albero. El Alto Tribunal deja claro que estas reclamaciones deben ejercitarse de conformidad a las reglas de Competencia desleal y señala que no es aplicable el régimen específico previsto para las acciones de daños por infracciones del Derecho de la competencia. El Supremo determina que la prejudicialidad administrativa regulada en el antiguo artículo […]