En España, los menores de 14 años son inimputables por aplicación del artículo 3 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores (LORPM), en concordancia con el artículo 19 del Código Penal. Este mandato implica que no pueden ser juzgados y, por ello, tampoco condenados por […]