I.- Introducción Prima facie, los supuestos de indignidad constituyen un propio numerus clausus, donde no parece fácil(1) admitir la extensión analógica. Pero la pregunta inquietante es si propiamente el supuesto del Digesto(2),lejos de constituir otro supuesto semejante, no está ya conceptualmente integrado formando parte de la propia norma del art. 11, núm 4 correctamente […]