El Tribunal Supremo condena a un hombre como autor responsable de un delito de denegación de auxilio electoral del artículo 143 y 137 de la Ley Orgánica 5/1985 de Régimen Electoral, a la pena de siete meses de multa con una cuota diaria de 5 euros, es decir, a una multa superior a 1.000 euros. […]