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Noticias Jurídicas

6 de cada 10 juristas califican de “acertada” la sentencia del Constitucional sobre la prisión permanente revisable

Continuamos desvelando los resultados de la encuesta lanzada por Economist & Jurist que orientan sobre la postura de la abogacía frente a la figura de la prisión permanente revisable

Sede del Tribunal Constitucional. (Foto: Tribunal Constitucional)

Tiempo de lectura: 3 min

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6 de cada 10 juristas califican de “acertada” la sentencia del Constitucional sobre la prisión permanente revisable

Continuamos desvelando los resultados de la encuesta lanzada por Economist & Jurist que orientan sobre la postura de la abogacía frente a la figura de la prisión permanente revisable

Sede del Tribunal Constitucional. (Foto: Tribunal Constitucional)



El pasado 6 de octubre, el Pleno del Tribunal Constitucional declaró, por mayoría (siete votos frente a tres), que la modificación del Código Penal efectuada en marzo de 2015 y que introdujo la prisión permanente revisable (PPR) es conforme a la Constitución Española.

La sentencia, de la que ha sido ponente la vicepresidenta del Tribunal Encarnación Roca, toma en consideración pronunciamientos precedentes del propio TC, así como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que consideran la revisabilidad de la pena como factor determinante de su legitimidad.



Así, el máximo tribunal de garantías de nuestro país avala el aludido castigo de extrema dureza previsto en nuestro ordenamiento y respalda la medida punitiva aprobada por el Partido Popular con mayoría absoluta (y en solitario) en el año 2015.

Conocedores de la trascendencia jurídica y política del reciente fallo, E&J lanzó de inmediato una encuesta anónima, compuesta de 10 preguntas, bajo la única finalidad de conocer la postura de la abogacía frente a la aludida y controvertida figura de la PPR.



Antecedentes

Antes de descubrir los resultados de las preguntas sexta y séptima de la aludida encuesta, resulta oportuno recordar cuál fue la opinión de nuestros abogados en los interrogantes anteriores:



  • La aplastante mayoría del 90,2% de los encuestados confiesa ser jurista.
  • El 65% de los participantes muestra su aprobación y conformidad con la aplicación de la PPR.
  • El 58,4% de los abogados opina que la PPR es un elemento punitivo útil para eludir la comisión de delitos.
  • Para el 55,6% de los encuestados, la PPR es un mecanismo conveniente para evitar la comisión de delitos de extrema gravedad.
  • 6 de cada 10 juristas considera pertinente la reforma del Código Penal de 2015 que introdujo esta condena.

La abogacía aprueba la sentencia del Constitucional

La sexta pregunta de la encuesta de referencia cuestionaba el acierto de la reciente sentencia del TC la cual no consideraba inconstitucional la PPR.

María Luisa Balaguer Callejón jura o promete su cargo ante el Rey en presencia del presidente del Gobierno y otras autoridades. (Foto: Moncloa)

Como ya se adelantó en su momento, el TC planteó varias objeciones en el repetido fallo:

  • La revocación de la libertad condicional solo está justificada en los casos en que el libertado incurra en nuevo delito o infrinja las prohibiciones y reglas de conducta establecidas en el auto de libertad condicional.
  • La revocación de la libertad condicional no ha de ser interpretada como impedimento definitivo para que el penado pueda obtener en un futuro una nueva revisión de la pena.

Pues bien, como también ocurriese en el seno del máximo tribunal de garantías (cabe recordar que la sentencia cuenta con los votos particulares de los magistrados Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer), la mayoría de los juristas encuestados se posicionan en la no consideración de la inconstitucionalidad de la PPR.

En particular, según la opinión del 59,7% de los profesionales del Derecho que participaron en la repetida encuesta, la sentencia del TC es conveniente y acertada. Es decir, 74 de los 124 de lectores aprobaron la decisión del intérprete supremo de la Constitución.

La PPR no es anticonstitucional

En séptimo lugar, E&J preguntaba a sus lectores si, a su juicio, la PPR es un tipo penal anticonstitucional.

Acorde a lo desvelado en el interrogante anterior, el 62,6% de los juristas encuestados reconoció que, según su parecer, la PPR no es un tipo penal anticonstitucional. Es decir, 77 de los 123 lectores que contestaron a esta pregunta en concreto, consideró que la máxima pena privativa de libertad prevista en nuestro Código Penal es un tipo penal conforme a la Carta Magna.

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