La intimidad del trabajador: un derecho inviolable
Las relaciones personales no pueden ser causa despido
(Imagen: E&J)
La intimidad del trabajador: un derecho inviolable
Las relaciones personales no pueden ser causa despido
(Imagen: E&J)
En una reciente resolución de un Juzgado de lo Social de Valencia, en la que intervine como abogado del demandante, se ha reafirmado la primacía de los derechos fundamentales del trabajador, particularmente el derecho a la intimidad, frente a decisiones empresariales que pueden desbordar los límites de su potestad disciplinaria.
La sentencia se centra en la nulidad de un despido por la intromisión de la empresa en la vida íntima y personal del trabajador, declarando finalmente el derecho del empleado a recibir una indemnización de 6.000 € debido a las circunstancias de caso.
Contexto del caso
El origen del procedimiento se sitúa en un trabajador que tras su jornada laboral y tomar, como se dice, unos vinos con los compañeros, mantiene una relación íntima consentida con una trabajadora. Los hechos trascienden en la empresa y a los pocos días deciden despedir al trabajador, justificando su decisión en «haber mantenido relaciones sentimentales que ha provocado un entorno de trabajo poco profesional y, por lo tanto, disminución de rendimiento«.
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